Implementación de la Resolución 580 del COMEXI cierre de Salvaguardia
Por medio de la presente se comunica que mediante Resolución No. 580 suscrita por el COMEXI con fecha 22 de Julio del 2010 se concluye con el Cronograma de Desgravación correspondiente al 30% por Salvaguardia.
En la Resolución se dispone:
En la Resolución se dispone:
“Artículo 1.- Reducir en un 30% adicional a todos los recargas arancelarias así como los cupos establecidos por concepto de Salvaguardia de Balanza de Pagos impuestos mediante Resolución No. 466 del COMEXI y sus posteriores modificaciones.
Artículo 2.- Disponer al Ministerio de Relaciones exteriores, Comercio e Integración efectuar las notificaciones correspondientes a los organismos internacionales competentes, sobre el contenido de la presente Resolución.
Artículo 3.- La reducción de los recargos arancelarios prevista en el Art. 1, se aplicará a las mercancías que se embarquen con destino a ecuador a partir de la vigencia de la presente resolución.
Artículo 4.- Dejar sin efecto a las normas de igual o menor jerarquía que se opongan a la presente Resolución.”
Es importante que se considere que las mercancías que hayan sido embarcadas hasta el 22 de julio del 2010 seguirán sujetas al gravamen por concepto de Salvaguardia, por cuanto la Resolución No. 580 se encuentra vigente desde el 23 de Julio del 2010.
Finaliza Salvaguardia por Balanza de Pagos - Resolucion 580 del COMEXI
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
Artículo 2.- Disponer al Ministerio de Relaciones exteriores, Comercio e Integración efectuar las notificaciones correspondientes a los organismos internacionales competentes, sobre el contenido de la presente Resolución.
Artículo 3.- La reducción de los recargos arancelarios prevista en el Art. 1, se aplicará a las mercancías que se embarquen con destino a ecuador a partir de la vigencia de la presente resolución.
Artículo 4.- Dejar sin efecto a las normas de igual o menor jerarquía que se opongan a la presente Resolución.”
Es importante que se considere que las mercancías que hayan sido embarcadas hasta el 22 de julio del 2010 seguirán sujetas al gravamen por concepto de Salvaguardia, por cuanto la Resolución No. 580 se encuentra vigente desde el 23 de Julio del 2010.
Finaliza Salvaguardia por Balanza de Pagos - Resolucion 580 del COMEXI
Fuente: Boletines Aduana del Ecuador
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