Aplicación de la Resolución No. 563 del COMEXI sobre autorizaciones previas de importación
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y Funcionarios operativos de los diferentes Distritos Aduaneros del País, que se ha procedido a implementar en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior la Resolución del COMEXI No. 563, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N. 203 del 31 de mayo de 2010, mediante el cual se modificó el Anexo I de la Resolución No. 450 que contiene la “Nómina de Productos Sujetos a Controles Previos a la Importación”, a fin de incluir a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD) como entidad competente para emitir el documento previo a la importación para el aceite de hígado de bacalao, para uso veterinario, ubicado en la subpartida 1504.10.10.00, quedando en el sistema de la Corporación Aduanera Ecuatoriana de la siguiente manera:
Subpartida | TNAN | Organismo | Documento de Control Previo |
1504.10.10.00 | 0000 | Ministerio de Salud Pública | Registro Sanitario |
1504.10.10.00 | 0001 | AGROCALIDAD | Registro del Producto |
Lo que se comunica para los fines pertinentes.
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