Multas en Plan piloto para las Exportaciones de productos perecibles en estado fresco
Se comunica a todos los Exportadores de productos perecibles en estado fresco, Agencias de Carga Internacional de Exportación, Consolidadoras y Aerolíneas, que dadas las solicitudes presentadas por diversos Operadores de Comercio Exterior, solicitando la exención de pago de multas generadas en el SICE por las transmisiones electrónicas realizadas a partir de la implementación de la Resolución 707 y sus reformas; la Gerencia General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana mediante Oficio Circular No. 39 firmado el 16 de Julio del 2009, comunica lo siguiente:
Considerar al Plan Piloto desde el 1 de junio hasta el 21 de agosto de 2009, como un periodo excento de multas para los siguientes operadores: Exportadores de productos perecibles en estado fresco, Agencias de Carga Internacional de Exportación, Consolidadoras y Aerolíneas , a fin de incentivar su participación en el proceso de transmisiones electrónicas al SICE.
Particular que comunicamos para los fines pertinentes.
Fuente: Boletin No. 184 Aduana del Ecuador 17/07/2009
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